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PLAN GENERAL CONTABLE

 

 

CONTABILIDAD

 

El Plán general de Contabilidad (PGC) es el marco legal que regula la Contabilidad en España Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre de adaptación a la normativa contable europea.

Asimismo fué aprobado por el Real Decreto 1515/2007 de 16 de noviembre un plan específico para PYMEs.

 

Novedades

Entre las principales novedades que existen en el plan de 2007 con respecto al de 1990 se encuentran las siguientes:

  • Determinados ingresos y gastos se contabilizan directamente en el patrimonio neto, mostrando esta información en el estado de ingresos y gastos reconocidos, hasta que se produzca el reconocimiento, baja o deterioro del elemento con el que estén relacionados.
  • El nuevo plan recoge como uno de los criterios de valoración el «valor razonable», para registrar los ajustes de valor por encima del precio de adquisición en algunos elementos patrimoniales, tales como ciertos instrumentos financieros.
  • El nuevo plan obliga, a diferencia del de 1990, a registrar los gastos financieros incurridos en la adquisición de activos hasta la fecha de entrada en funcionamiento como mayor valor del activo.

Estructura del plan

Marco conceptual

Recoge los documentos que integran las cuentas anuales así como los requisitos, principios y criterios contables de reconocimiento y valoración, que deben conducir a que las cuentas anuales muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.

Principios contables

Los principios contables o Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) son normas contables emitidas por instituciones con autoridad reconocida, derivadas de la práctica más frecuente y, por tanto, más recomendables. Son reglas extraídas de la propia práctica, avaladas por su habitualidad, respaldadas por un organismo solvente, amplio grado de difusión y orientadas hacia el cumplimiento de un objetivo contable concreto.

Tienen como objetivo fundamental guiar a los profesionales de la contabilidad en el proceso de elaboración de la información financiera e interpretación de los hechos contables objeto de registro, suponiendo, al menos desde un punto de vista teórico, una guía para la interpretación y solución del registro de los hechos contables.

Si acudimos al ámbito del PGC se establece claramente que se consideran principios y normas de contabilidad generalmente aceptados los establecidos en:

Este esquema deja abierto el uso de criterios o normas de contabilidad del ámbito comunitario, de manera directa, a través de reglamentos comunitarios, o de manera indirecta, previa adaptación de la normativa nacional. Más en concreto, nuestro Derecho mercantil (PGC) establece que la aplicación de los principios contables incluidos en el mismo deben conducir a que las cuentas anuales, formuladas con claridad, expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Además debemos considerar que:

  1. Cuando la aplicación de los principios contables establecidos en esta norma no sean suficientes para que las cuentas anuales expresen la imagen fiel, deberá suministrarse en la Memoria las explicaciones necesarias sobre principios contables aplicados adicionales.
  2. En aquellos casos excepcionales en los que la aplicación de un principio contable o de cualquiera otras normas sean incompatibles con la imagen fiel que deben mostrar las cuentas anuales se considerará improcedente dicha aplicación.
  3. En los casos de conflicto entre principios contables obligatorios deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.

Son de seguimiento obligatorio para todos los empresarios.

  • Principio de empresa en funcionamiento. Se considerará que la gestión de la empresa tiene prácticamente una duración ilimitada. En consecuencia, la aplicación de los principios contables no irá encaminada a determinar el valor del patrimonio a efectos de su enajenación global o parcial ni el importe resultante en caso de liquidación.
  • Principio de devengo. La imputación de ingresos y gastos deberá hacerse en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivado de ellos.
  • Principio de uniformidad. Adoptado un criterio en la aplicación de los principios contables dentro de las alternativas que, en su caso, estos permitan, deberá mantenerse a lo largo del tiempo y aplicarse a todos los elementos patrimoniales que tengan las mismas características, en tanto no se alteren los supuestos que motivaron la elección de dicho criterio. De alterarse los supuestos, podrá modificarse el criterio adoptado en su día; pero en tal caso, estas circunstancias se harán constar en la Memoria, indicando su incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales.
  • Principio de prudencia. Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales. Asimismo únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que éstas se formulen. En tales casos se dará cumplida información en la memoria, sin perjuicio de su reflejo, cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes de las cuentas anuales. Excepcionalmente, si los riesgos se conocieran entre la formulación y antes de la aprobación de las cuentas anuales y afectaran de forma muy significativa a la imagen fiel, las cuentas anuales deberán ser reformuladas. Deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor por deterioro de los activos, tanto si el ejercicio se salda con beneficio como con pérdida.
  • Principio de no compensación. No podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo del balance, ni las de gastos e ingresos que integran la cuenta de pérdidas y ganancias, establecidos en los modelos de las cuentas anuales, salvo que una norma lo regule de forma expresa. Se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales.
  • Principio de importancia relativa. Podrá admitirse que no se apliquen estrictamente algunos de los principios contables siempre y cuando la importancia relativa en términos cuantitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere las cuentas anuales como expresión de la imagen fiel.

En caso de conflicto entre distintos principios deberá prevalecer aquel que conduzca a que las cuentas anuales expresen mejor la imagen fiel.

Criterios de valoración

Criterios valorativos usados en el plan:

  1. Coste histórico o coste: es su precio de adquisición o coste de producción.
  2. Valor razonable: importe por el que puede ser intercambiado un activo o liquidado un pasivo entre partes interesadas y debidamente informadas. Con carácter general, el valor razonable será el valor de mercado.
  3. Valor neto realizable: importe que la empresa puede obtener por su enajenación en el mercado, deduciendo los costes estimados necesario para llevarla a cabo.
  4. Valor actual: es igual a los flujos de efectivo a recibir o pagar en el curso normal del negocio, actualizados a un tipo de descuento adecuado.
  5. Valor en uso: es el valor actual de los flujos de efectivo futuros esperados a través de su utilización en el curso normal del negocio.
  6. Coste de venta: costes incrementales directamente atribuibles a la venta de un activo en los que no se habría incurrido de no haber tomado la decisión de venta.
  7. Coste amortizado: para los instrumentos financieros (activos y pasivos financieros) es el importe al que inicialmente fue valorado el activo o pasivo financiero, menos los reembolsos de principal que se hubieran producido y más o menos la parte imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias.
  8. Costes de transacción atribuibles a un activo o pasivo financiero: costes atribuibles a la compra o emisión o enajenación de un activo o pasivo financiero.
  9. Valor contable o en libros: valor por el que figura en el balance.
  10. Valor residual: valor que se espera recuperar de un bien al final de su vida útil.

El principio de prudencia implica una valoración conservadora de los activos. Esto se ha concretado en escoger la más baja de dos valoraciones:

  • Precio de adquisición/histórico o
  • Valor de mercado.

Esto ayuda a cumplir con el objetivo básico de conservación del capital. Sin embargo desde las NIC/IFRS 2003 esta práctica se ha visto atacada por el concepto de valor razonable (fair value) y se ha impuesto la valoración a precio de mercado (mark-to-market). El resultado en algunos casos (por ejemplo en el mercado inmobiliario) es que en vez de la tradicional valoración constante o escalonada a la baja, la valoración de activos se ha estado comportando de forma escalonada creciente, especialmente porque se han relajado/flexibilizado las normas de valoración justo cuando los activos han empezado a caer.

Normas de registro y valoración

Las normas de registro y valoración desarrollan los principios contables y otras disposiciones contenidas en el Marco conceptual. Incluye criterios y reglas aplicables a distintas transacciones o hechos económicos. Son de aplicación obligatoria.

Los cambios introducidos en estos criterios responden a una doble motivación: armonizar la norma española con los criterios contenidos en las Normas internacionales de contabilidad NIC-NIIF, adoptadas mediante Reglamentos de la Unión Europea y en segundo lugar agrupar en el Plan general de Contabilidad los criterios que desde 1990 se han introducido en las sucesivas adaptaciones sectoriales con la finalidad de mejorar la sistemática de la misma. Se establecen veintitrés normas de valoración, dedicadas a los siguientes elementos:

  1. Desarrollo del marco conceptual de la contabilidad contable
  2. Inmovilizado material
  3. Normas particulares sobre inmovilizado material
  4. Inversiones inmobiliarias
  5. Inmovilizado intangible
  6. Normas particulares sobre el inmovilizado intangible
  7. Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta
  8. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar
  9. Instrumentos financieros
  10. Existencias
  11. Moneda extranjera
  12. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y otros impuestos indirectos
  13. Impuestos sobre beneficios
  14. Ingresos por ventas y prestación de servicios
  15. Provisiones y contingencias
  16. Pasivos por retribuciones a largo plazo al personal
  17. Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio
  18. Subvenciones, donaciones y legados recibidos
  19. Combinaciones de negocios
  20. Negocios conjuntos
  21. Operaciones entre empresas del grupo
  22. Cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables
  23. Hechos posteriores al cierre del ejercicio

Cuentas anuales

La tercera parte del plan recoge las normas de elaboración de las cuentas anuales y los modelos de los documentos que conforman las mismas, incluido el contenido de la memoria.

Las cuentas anuales están compuestas por los siguientes elementos:

Estos documentos forman una unidad y deben ser redactados según lo dispuesto en el Código de Comercio, el TRLSA (Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas), la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y en el propio Plan General de Contabilidad.

Cuadro de cuentas

Constituye la cuarta parte del plan y no tiene carácter obligatorio para las empresas. Contiene los grupos, subgrupos y cuentas necesarios, codificados en forma decimal y con un título expresivo de su contenido.

El PGC divide las cuentas en 9 grupos. Los 5 primeros son de cuentas patrimoniales, y los 4 últimos cuentas de gestión:

Grupo 1 - Financiación Básica

  • Capital
    • Capital social
    • Fondo social
    • Capital
    • Socios por desembolsos no exigidos...
      • Socios por desembolsos no exigidos, capital social
      • Socios por desembolsos no exigidos, capital pendiente de inscripción
    • Socios por aportaciones no dinerarias pendientes...
      • Socios por aportaciones no dinerarias pendientes, capital social

Grupo 2 - Inmovilizado (Activo no corriente)

  • Inmovilizaciones intangibles
    • Gastos de investigación
    • Desarrollo
    • Concesiones administrativas
    • Propiedad industrial
    • Fondo de comercio
    • Derechos de traspaso
    • Aplicaciones informáticas
    • Anticipos para inmovilizaciones intangibles

Grupo 3 - Existencias

  • Comerciales
    • Comerciales
  • Materias primas
    • Materias Primas
  • Otros aprovisionamientos
    • Elementos y conjuntos incorporables
    • Combustibles
    • Repuestos
    • Materiales diversos

Grupo 4 - Acreedores y deudores por operaciones de tráfico

  • Proveedores
    • Proveedores
    • Proveedores, efectos comerciales a pagar
    • Proveedores, empresas del grupo
    • Proveedores, empresas asociadas
    • Proveedores, otras partes vinculadas
    • Envases y embalajes a devolver a proveedores
    • Anticipos a proveedores
  • Acreedores varios

Grupo 5 - Cuentas financieras

  • Empréstitos, deudas con características especiales y otras emisiones análogas a corto plazo
    • Obligaciones y bonos a corto plazo
    • Obligaciones y bonos convertibles a corto plazo
    • Acciones o participaciones a corto plazo contabilizadas como pasivo
    • Deudas representadas en otros valores negociables a corto plazo
    • Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas
    • Dividendos de emisiones contabilizadas como pasivo
    • Valores negociables amortizados
  • Deudas a corto plazo con partes vinculadas

Grupo 6 - Compras y gastos

  • Compras
    • Compras de...
    • Descuentos sobre compras por pronto pago
    • Devoluciones de compras y operaciones similares
    • "Rappels" por compras
  • Variación de existencias
    • Variación de existencias de...
  • Servicios exteriores
    • Gastos en investigación y desarrollo del ejercicio

Grupo 7 - Ventas e ingresos

  • Ventas de mercaderías, de producción propia, de servicios, etc
    • Ventas de...
    • Descuentos sobre ventas por pronto pago
    • Devoluciones de ventas y operaciones similares
    • "Rappels" sobre ventas
  • Variación de existencias
    • Variación de existencias de...
  • Trabajos realizados para la empresa
    • Trabajos realizados para el inmovilizado intangible

Grupo 8 - Gastos imputados al patrimonio neto

  • Gastos financieros por valoración de activos financieros
    • Pérdidas en activos financieros disponibles para la venta
    • Transferencia de beneficios en activos financieros disponibles para la venta
  • Gastos en operaciones de cobertura
    • Pérdidas por coberturas de flujos de efectivo
    • Pérdidas por coberturas de inversiones netas en un negocio en el extranjero
    • Transferencia de beneficios por coberturas de flujos de efectivo
    • Transferencia de beneficios por coberturas de inversiones netas en un negocio en el extranjero
  • Gastos por diferencias en conversión

Grupo 9 - Ingresos imputados al patrimonio neto

  • Ingresos financieros por valoración de activos financieros
    • Beneficios en activos financieros disponibles para la venta
    • Transferencia de pérdidas de activos financieros disponibles para la venta
  • Ingresos en operaciones de cobertura
    • Beneficios por coberturas de flujos de efectivo
    • Beneficios por coberturas de una inversión neta en un negocio en el extranjero
    • Transferencia de pérdidas por coberturas de flujos de efectivo
    • Transferencia de pérdidas por coberturas de una inversión neta en un negocio en el extranjero
  • Ingresos por diferencias de conversión

Definiciones y relaciones contables

Representa la quinta parte del plan y tampoco tiene carácter obligatorio, incluye las definiciones de distintas partidas que se incorporarán en el balance, cuenta de pérdidas y ganancias y en el estado de cambio en el patrimonio neto, así como las de cada una de las cuentas que se recogen en dichas partidas:

La contabilidad en las asociaciones sin ánimo de lucro

La contabilidad de una asociaciones sin ánimo de lucro se regulaba por el Real Decreto 776/1998, de 30 de Abril, por el que se apruebaron las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades.2

Para el 2012 dicho decreto se actualizó mediante el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre.

 

Después del susto recibido dejemos esta poderosa herramienta al Departamento Contable para que sigan con su tarea.